http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/guerra-garrido-presenta-marca-cacabelos-ultimo-libro_782306.html
http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/coches-clasicos-suman-fiestas-pascua_782861.html
http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/carrasco-suma-hoy-fiestas-pascua-cacabelos_783186.html
viernes, 29 de marzo de 2013
jueves, 21 de marzo de 2013
Noticias de la prensa, sobre trabajador readmitido
http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/psoe-reprocha-pague-sueldo-readmitido-alcalde-exima-trabajar_780008.html
http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/alcalde-cacabelos-niega-haya-pagar-readmitido_780615.html
http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/psoe-asegura-alcalde-acumula-cinco-denuncias-funcionarios_781175.html
http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/alcalde-cacabelos-niega-haya-pagar-readmitido_780615.html
http://www.diariodeleon.es/noticias/bierzo/psoe-asegura-alcalde-acumula-cinco-denuncias-funcionarios_781175.html
miércoles, 20 de marzo de 2013
NOTA DE PRENSA 20 DE MARZO 2013
EL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS PAGA A UN EMPLEADO POR ESTAR EN SU CASA
El Ayuntamiento de Cacabelos, con
el popular Adolfo Canedo a la cabeza, ha sufrido un nuevo revés judicial. El
Juzgado de lo Social Núm. 2 ha fallado de nuevo en contra de los intereses del
Ayuntamiento y por tanto de todos los vecinos, debido a la absurda obsesión que
Alcalde-Presidente tiene, desde que
accedió al poder, en judicializar la vida política municipal.
Un empleado municipal, que ostenta
la calidad de representante de los trabajadores fue despedido de su puesto de
trabajo el día 13 de septiembre de 2012. El propio empleado presentó denuncia
el 24 de octubre de 2012, admitiéndose la misma a trámite el día 6 de noviembre
de 2012, y fijando la vista de la misma el día 29 de enero de 2013.
El 7 de marzo de 2013, se dicta
sentencia por parte del Juzgado de lo Social Núm. 2, por la cual se condena al
Ayuntamiento de Cacabelos por despido improcedente del trabajador, y como
consecuencia, al pago de una indemnización de algo más de 15.000 €, más los
salarios de tramitación unos 9000€, lo que supone para las arcas municipales un
montante de unos 24.000 €.
El día 18 de marzo de 2013, el
trabajador acude al Ayuntamiento, solicitando la incorporación a su puesto de
trabajo, la cual es rechazada por el Alcalde, notificándose ese mismo día al
empleado, mediante documento oficial del Ayuntamiento con registro de salida,
sello del Ayuntamiento y firma del Alcalde, el cual literalmente dice “Habiendo optado usted por la
reincorporación a su puesto de trabajo, según lo ordenado por el fallo de la
Sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Ponferrada de fecha 7 de marzo de
2013, dictada en sus autos nº958/2012, mediante la presente le comunico que, al
amparo de lo dispuesto por el artículo 297 de la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Social, queda usted eximido de sus prestación de servicios durante
el trámite del recurso de suplicación que este Ayuntamiento interpondrá frente
a la referida Sentencia dentro del plazo legalmente previsto”. “Así pues, no deberá comparecer en su
puesto de trabajo en tanto la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León no confirme la improcedencia de su despido,
manteniendo durante ese tiempo su derecho a percibir su salario anterior al
despido”.
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